Certificado buceo recreativo

Certificado médico necesario según la normativa legal vigente en cuanto a las normas de seguridad para la práctica de actividades subacuáticas, que se haya recogida en la Orden Ministerial del 14/10/1997 (Ministerio de Fomento), publicada en el BOE del 22.11.1997, nº 280:
Artículo 25.- De los reconocimientos médicos de las personas que se someten a un ambiente hiperbárico:

  1. Toda persona que se someta a un ambiente hiperbárico, deberá realizar previamente un examen médico especializado.
  2. Este examen o posteriores reconocimientos deben ser realizados por médicos que posean título, especialidad, diploma o certificado, relacionado con actividades subacuáticas, emitido por un organismo oficial.
  3. Los reconocimientos periódicos serán obligatorios para acceder a cualquier título o certificado que habilite para someterse a medio hiperbárico, aparte del examen inicial (este debe figurar en un certificado médico oficial).
  4. Se repetirán anualmente en el caso de buceadores y buzos profesionales. Este reconocimiento debe figurar en su libreta de actividades subacuáticas.
  5. Se repetirán cada dos años en el caso de buceadores deportivo-recreativos. Este reconocimiento debe figurar en su libreta de actividades subacuáticas.

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El coste es de 60 €
Acudir con impreso oficial: Certificado Médico (se adquiere en estancos).
Para licencia pesca submarina emitida por el Gobierno Vasco, se emitirá un certificado propio del Centro Médico. (no necesidad de Certificado Médico Oficial)
Tiempo estimado: 30 minutos

Realizado por Médico con Diploma en Medicina Subacuática e Hiperbárica


Se necesita cita previa (944 399 961)

 


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